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martes, 8 de noviembre de 2011

Qué es un POT?

Hace treinta años la ciudad enfrentó una profunda crisis urbana que comprometió su desarrollo. Las dificultades de gobernabilidad, el incremento constante de la inseguridad y la violencia, los problemas de movilidad y el incremento de la vivienda informal, así como la precariedad y el déficit de la infraestructura urbana, sin los recursos financieros, técnicos y humanos que permitieran hacer frente a estas problemáticas, hicieron que Bogotá fuera percibida por analistas y por sus habitantes, en general, como una ciudad no viable y sin credibilidad alguna.

Desde los años 90, las sucesivas administraciones realizaron acciones dirigidas a garantizar gobernabilidad y a hacer efectiva la descentralización; recuperar las finanzas públicas y desarrollar políticas sociales fuertes y novedosas en educación, alimentación, salud y bienestar. Estas acciones produjeron un cambio radical en el desarrollo de la ciudad y permitieron revertir la crisis urbana.

De este manera, casi dos décadas después de iniciado el proceso, el sentir de los ciudadanos es el de una ciudad viable que, en medio de la crisis nacional, mostró que era posible avanzar y construir un proyecto de futuro.

En consecuencia, a través del POT se ha logrado incluir en la agenda distrital, temas que son fundamentales para el desarrollo futuro de la ciudad y que han sido determinantes para superar las problematicas descritas, a través de  la instrumentación de nuevas fuentes de financiación del desarrollo urbano, basadas en la aplicación de los instrumentos de gestión adoptados por la Ley 388/97 y la necesidad de pensar el territorio en función del desarrollo urbano, con énfasis particular en la integración de la ciudad y la Región.

 
Juntos podemos hacer del POT la oportunidad para que nuestra ciudad sea más equitativa, productiva y sostenible.

Aquí y ahora es el momento de soñar el futuro de nuestra ciudad.



Fuente: http://www.sdp.gov.co/portal/page/portal/PortalSDP/POT/QueEs

miércoles, 28 de julio de 2010

Normatividad - Consejo territorial

Normas

Ley 152 de 1994
Por la cual se establece la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo

Acuerdo 12 de 1994


Por el cual se establece el Estatuto de Planeación del Distrito Capital y se reglamenta la Formulación, la Aprobación, la Ejecución y la Evaluación del Plan de Desarrollo Económico y Social y de Obras Públicas del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá, y se dictan otras disposiciones complementarias.


Acuerdo 261 de diciembre de 2006

«Por medio del cual se modifica el artículo 9 del Acuerdo 12 de 1994».

Decreto 032 de enero de 2007

"Por el cual se reglamenta el Acuerdo 12 de 1994, en lo referente al Consejo Territorial de Planeación Distrital"

Acuerdo 13 de 2000

Por el cual se reglamenta la participación ciudadana en la elaboración aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control del Plan de Desarrollo Económico y Social para las diferentes localidades que conforman el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones.

Fuente: http://www.sdp.gov.co/section-2319.jsp

miércoles, 17 de marzo de 2010

Consejo Territorial de Planeación

El Consejo Territorial de Planeación Distrital es el organismo encargado, entre otros aspectos, de organizar y coordinar una amplia discusión con la comunidad y las localidades respecto al proyecto de Plan de Desarrollo Económico y Social del Distrito, para garantizar la participación ciudadana. Así mismo, debe formular recomendaciones y conceptuar sobre el proyecto de acuerdo que la Administración le presente.

Marco Normativo

Norma (seleccione)
Disposición
Ley 152 de 1994 Determina la creación de los Consejos Territoriales de Planeación
Acuerdo 12 de 1994 Concejo de Bogota D.C. Acuerdo 12 de 1994 Concejo Distrito Capital Se establece el estatuto y se reglamentan la formulación, apropiación, ejecución y la evaluación del Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas del Distrito Capital.
Decreto 92 de 1995 Alcalde Mayor Por el cual se reglamenta parcialmente el Acuerdo 12 de 1994 expedido por el Concejo de Santa Fe de Bogotá.
Ley 388 de 1997 / Decreto 619 de 2000
Acuerdo 18 de 1998 Concejo de Bogota D.C. Modifica el artículo 9 del Acuerdo 12 de 1994.
Nota: Está relacionado con la integración de dos miembros de la Consultiva Distrital para comunidades afrobogotanas
Concepto 60225 de 2000 Secretaría General Se señala que, en la Ley mencionada, para el nivel Distrital se crean los Consejos Distritales de la Cultura a los cuales les otorga la representación de este sector, ante los Consejos Territoriales de Planeación, por ello los dos representantes, de que habla el Acuerdo 12 de 1994, uno debe ser el sector cultural, el cual será escogido por el Alcalde Mayor, y el otro debe ser del sector educativo.
Decreto 150 de 2001 Alcalde Mayor Designa representantes de las organizaciones integrantes del Consejo, art. 1. art. 1. Ratifica representantes del gremio económico, art. 2. Representantes del las Juntas Administradoras Locales, art. 3.
Decreto 049 de 2004 Alcalde Mayor Designa representantes
Fuente: http://www.sdp.gov.co/section-2322.jsp