miércoles, 17 de marzo de 2010

Consejo Territorial de Planeación

El Consejo Territorial de Planeación Distrital es el organismo encargado, entre otros aspectos, de organizar y coordinar una amplia discusión con la comunidad y las localidades respecto al proyecto de Plan de Desarrollo Económico y Social del Distrito, para garantizar la participación ciudadana. Así mismo, debe formular recomendaciones y conceptuar sobre el proyecto de acuerdo que la Administración le presente.

Marco Normativo

Norma (seleccione)
Disposición
Ley 152 de 1994 Determina la creación de los Consejos Territoriales de Planeación
Acuerdo 12 de 1994 Concejo de Bogota D.C. Acuerdo 12 de 1994 Concejo Distrito Capital Se establece el estatuto y se reglamentan la formulación, apropiación, ejecución y la evaluación del Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas del Distrito Capital.
Decreto 92 de 1995 Alcalde Mayor Por el cual se reglamenta parcialmente el Acuerdo 12 de 1994 expedido por el Concejo de Santa Fe de Bogotá.
Ley 388 de 1997 / Decreto 619 de 2000
Acuerdo 18 de 1998 Concejo de Bogota D.C. Modifica el artículo 9 del Acuerdo 12 de 1994.
Nota: Está relacionado con la integración de dos miembros de la Consultiva Distrital para comunidades afrobogotanas
Concepto 60225 de 2000 Secretaría General Se señala que, en la Ley mencionada, para el nivel Distrital se crean los Consejos Distritales de la Cultura a los cuales les otorga la representación de este sector, ante los Consejos Territoriales de Planeación, por ello los dos representantes, de que habla el Acuerdo 12 de 1994, uno debe ser el sector cultural, el cual será escogido por el Alcalde Mayor, y el otro debe ser del sector educativo.
Decreto 150 de 2001 Alcalde Mayor Designa representantes de las organizaciones integrantes del Consejo, art. 1. art. 1. Ratifica representantes del gremio económico, art. 2. Representantes del las Juntas Administradoras Locales, art. 3.
Decreto 049 de 2004 Alcalde Mayor Designa representantes
Fuente: http://www.sdp.gov.co/section-2322.jsp